El TSJ, mediante acta de conciliación, establece que las faltas por baja médica o licencia de los trabajadores de las pymes de la provincia de Las Palmas no se consideren como injustificadas

Nuevas mejoras para los empleados de pymes en Las PalmasEl Tribunal Superior de Justicia de Canarias establece a través de acta de conciliación en la Sala de lo Social, que se reconozca que las faltas al trabajo por baja médica o cualquier licencia de los trabajadores y trabajadoras de la pequeña y mediana de empresa de la provincia de Las Palmas no compute como falta injustificada. El acuerdo ha sido reconocido por las partes firmantes del actual convenio.

Según el convenio de comercio el artículo 25.3 establece que “con el objetivo de estimular la asistencia al trabajo, el trabajador/a que no haya faltado podrá disfrutar de 31 días de vacaciones”. Es decir, los empleados y empleadas podrían disfrutar de un día más de asueto al año si no faltaban a su puesto, sin embargo, hasta este momento, las bajas y licencias computaban como faltas injustificadas impidiendo a la plantilla acceder a dicho derecho.

Desde la Federación de Movilidad y Consumo de UGT Canarias, que actúa como demandante de la patronal, se valora positivamente este reconocimiento laboral. En estos momentos, desde los servicios jurídicos del sindicato, se está trabajando para lograr este derecho para los empleados y empleadas afectados por el convenio de comercio en la provincia tinerfeña.

 

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