Derechos laborales el día de las votaciones

logo ugt 300El 10N tienes una cita con las urnas, consulta aquí todos tus derechos.

Ante las inminentes elecciones generales que tendrán lugar el próximo domingo 10 de noviembre, os informamos que existen una serie de permisos retribuidos enfocados a facilitar el derecho al sufragio activo de todos los trabajadores y trabajadoras cuyo horario laboral coincida con la apertura de las urnas. Para ello, el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, regula con carácter general la aplicación de dichos permisos, cuya aplicación específica es desarrollada por las diferentes Comunidades Autónomas.

  • Los trabajadores con jornadas completas dispondrán de un máximo de 4 horas libres retribuidas. Dicho tiempo se aplica proporcionalmente en función a la jornada laboral coincidente con los horarios de apertura de las
  • En el caso de los trabajadores/as con jornadas reducidas, este tiempo se reducirá proporcionalmente a la
  • Asimismo, aquellos trabajadores que prevean la ausencia de su residencia el día de la votación por motivos de trabajo, pueden ejercer su derecho al voto por correo, para cuya gestión se establecen los mismos permisos. Para ello, cuentan hasta el 31 de octubre para presentar la solicitud por duplicado en cualquier oficina de
  • En el caso de los miembros de la Mesa Electoral, así como aquellos que ejerzan como interventores, contarán con un permiso retribuido para el día completo de la votación, además de 5 horas adicionales el día inmediatamente posterior, salvo que éste coincida con su

 

  • En el caso de los apoderados/as, estos tendrán derecho a un permiso retribuido equivalente al día completo de la votación, salvo que éste coincida con su descanso semanal.
 

Aviso Legal